Micelio
Auto2 de marzo de 2004

A- de 2004

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Gustavo Vallejo Murillo

Tema · dato duro
Inadmision Demanda De Constitucionalidad. Ley 683/01
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Nulidad En Asunto De Constitucionalidad
  • Oportunidad
  • Procedencia excepcional contra sentencias no ejecutoriadas
Incidente De Nulidad En Asunto De Constitucionalidad
  • Competencia para trámite y decisión
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se declaró improcedente la solicitud presentada por el ciudadano de la referencia, quien presentó la demanda de inconstitucionalidad contra el Art. 3° de la Ley 683 de 2001, radicada bajo el número D-4259.

Por lo anterior, esta Corte explicó que considerando que los autos de inadmisión y rechazo de una demanda de constitucionalidad se notifican por estado; que en el presente proceso así se hizo; que no se corrigió la demanda ni se interpuso el recurso de súplica; que el proceso ya fue archivado, y que el incidente de nulidad procede excepcionalmente en los procesos de constitucionalidad contra sentencias, no ejecutoriadas, dentro de los tres días siguientes, la Sala Plena de la Corte Constitucional.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar improcedente la solicitud presentada por Gustavo Vallejo Murillo el 12 de febrero de 2004.
  2. Segundo. Ordenar que por Secretaria General se comunique a Gustavo Vallejo Murillo la presente decision y se expidan copias a su cargo del expediente D-4307, si el asi aun lo desea.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.